La Audiencia Provincial de Albacete ha condenado a pena de prisión permanente revisable al hombre, de iniciales A.S, a quien hace unos días un jurado popular declaró culpable de violar y matar a golpes a un amigo con el que convivía en una edificación en ruinas y abandonado a las afueras de Albacete. Así, se le somete a una pena de prisión permanente revisable al considerarse autor de un delito de asesinato sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, mientras que se le ha impuesto otra de 11 años y un día de prisión como autor de un delito de agresión sexual con la concurrencia de la atenuante de confesión.
Con ello, la sentencia considera probado que, en la tarde del 26 de enero de 2022, el individuo A.S estuvo con la víctima, de iniciales R.M, en un bar de la zona como «Las Seiscientas» de Albacete, en la que ambos estuvieron consumiendo cervezas. Según recoge el escrito, sobre las 22:00 horas de ese día “se marcharon a una torreta eléctrica abandonada del antiguo matadero, lugar en el que solía pernoctar R.M. y en el que ambos estuvieron conversando y siguieron consumiendo cerveza”. En un momento determinado, “surgió entre R.M y A.S una discusión, saliendo A.S. al exterior de la torreta para marcharse y quedando R.M. en el interior de la torreta, acostado sobre un colchón para dormir”. El hombre de iniciales A.S., por su parte, “permaneció fuera de la torreta un par de horas, esperando a que R.M. se durmiera”. Durante el tiempo que estuvo fuera, según reza la sentencia, “A.S estuvo pensando en cómo actuar posteriormente, cuando R.M. estuviera dormido”, momento en que aprovechó a su regreso para “golpearle en la cabeza con una piedra de grandes dimensiones, aplicando una fuerza considerable, dejándolo malherido en venganza por haber intentado la víctima, R.M., mantener relaciones sexuales con él”. Acto seguido, “aprovechándose del estado en que estaba R.M, procedió a intentar violarlo”, algo en lo que “R.M. no pudo ofrecer resistencia ni defenderse, debido a las lesiones que tenía por haberle golpeado con la piedra en la cabeza y por la previa ingesta de alcohol”.
Después, y tras haber consumado la violación, el agresor, A.S, “golpeó de nuevo, varias veces, con una piedra de grandes dimensiones, en la cabeza a R.M, con el fin de causarle la muerte” o “asumiendo la posibilidad de que esta pudiera producirse”, tratándose además de golpes “sorpresivos e inesperados, sin que el hombre pudiera hacer nada para defenderse ni evitarlos”. Posteriormente, según recoge el texto, el acusado “tapó el cuerpo de R.M con mantas para dificultar que fuese encontrado y salió del recinto por un hueco en la pared, que era imperceptible desde la carretera y solo era conocido por las personas que habían estado allí”. La víctima, R.M, falleció entonces “como consecuencia de los traumatismos craneoencefálicos por los golpes recibidos en la cabeza, que le provocaron la destrucción de centros vitales encefálicos”, y cuyo cuerpo sin vida “acabó siendo hallado en el interior de la torreta el día 2 de febrero de 2022”.
La sentencia aclara que el agresor, A.S, “consumía marihuana y cocaína, según disponibilidad” pero que su consumo “no le afectaba de ningún modo a sus facultades mentales de pensar y decidir sus acciones y de controlar las mismas”. De igual forma, se reconoce como hecho probado que A.S “colaboró con los agentes en la investigación auto inculpándose de haber agredido con una piedra a R.M. y haberle violado, así como haberle agredido después con una piedra en la cabeza varias veces, causándole la muerte, manteniendo dicha colaboración cuando declaró ante el juzgado de instrucción”, donde aportó “información relevante para el esclarecimiento de la autoría y la forma en que se produjeron las lesiones a R.M. y la violación”. Con esta sentencia se cumple la petición de la Fiscalía tras la conclusión del juicio oral, en la que mantuvo su petición de prisión permanente revisable para el acusado. Al igual que el Ministerio Fiscal, la abogada de la acusación particular solicitó la prisión permanente revisable para el acusado, aportando los mismos argumentos que la fiscal. Por su parte, la abogada del procesado insistió en que fue un homicidio, solicitando que se tuviera en cuenta que el acusado confesó lo que había sucedido tras su detención, colaborando con la Policía y la Justicia tras aceptar los análisis de ADN que se realizaron.







